SNIACE COMUNICA QUE EL OBSTACULO PROCESAL QUE REPRESENTA LA IMPUGNACION DEL CONVENIO DE ACREEDORES, POR PARTE DE UN ACREEDOR (VER HECHO RELEVANTE NUMERO 5515)...



..., PARECE SUPERARSE TRAS LA PRESENTACION DE UN ESCRITO DE DESISTIMIENTO POR PARTE DEL REFERIDO ACREEDOR ANTE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID. COMO CONSECUENCIA DE ESTE HECHO, Y TRAS CUMPLIMENTARSE DIVERSAS DILIGANCIAS JUDICIALES DE CARACTER FORMAL, SE ESTARA EN CONDICIONES DE PERSEGUIR CON LA MAXIMA CELERIDAD LOS TRAMITES OPORTUNOS QUE PERMITAN DEFINITIVAMENTE LEVANTAR EL ESTADO LEGAL DE SUSPENSION DE PAGOS.
 

CONTEXTO: El día 20 de mayo de 1996 Sniace hizo una comunicación de una noticia a la Bolsa. En la bolsa, se registró esta noticia como hecho relevante con código 6735.

Situaciones concursales, suspensiones de pagos en España en el sector Bienes de Consumo / Textil - Calzado: